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“El médico ve toda la debilidad de la humanidad, el abogado toda la maldad, el teólogo toda la estupidez” Arthur Schopenhauer

2016-12-13

Sentencia Europea contra los contratos sucesivos en la sanidad española

Según una reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), fechada el 14 de septiembre de 2016, la norma española que permite la utilización de contratos sucesivos, de duración determinada, para atender a necesidades permanentes y estables en el sector de la sanidad pública es contraria al Derecho de la Unión Europea, dictaminando que el uso de dichos contratos solo puede estar justificado para atender a necesidades temporales.

El TJUE recuerda que el acuerdo marco comunitario deja a elección de los Estados miembros de la Unión Europa la regulación de una serie de cuestiones en su normativa a efectos de prevenir los abusos como consecuencia de la utilización sucesiva de contratos de duración determinada. De esta forma, las autoridades nacionales deben establecer las razones objetivas que justifiquen la renovación de tales contratos, la duración máxima total de estos sucesivos contratos de trabajo de duración determinada, el número de sus renovaciones, o bien varias de estas cuestiones.

El Tribunal se ha pronunciado sobre el caso de una enfermera que trabajó en un hospital del servicio madrileño de salud, a quien se le renovó su contrato hasta en siete ocasiones, entre febrero de 2009 y junio de 2013, a través de nombramientos para “servicios determinados de naturaleza temporal, coyuntural o extraordinaria”.

La sentencia ha sido rotunda: El Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud, que permite encadenar acuerdos temporales que se acaban usando para cubrir necesidades habituales, no respeta el Derecho Comunitario (Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada).

Para acceder a la Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Décima) de 14 de septiembre de 2016, PINCHA AQUÍ.

Más información sobre otras sentencias contra los abusos en la contratación temporal en España: http://curia.europa.eu/jcms/jcms/j_6/es/


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